Modificaciones incentivos fiscales para las donaciones

Como consecuencia de los cambios realizados en la ley 49/2002, las aportaciones, donativos o donaciones que las personas físicas y las personas jurídicas destinen a GLOBART darán derecho a mayores incentivos fiscales.

Personas físicas:

A partir del 2016 inclusive:

Deducción del 75% para los primeros 150 euros donados. Las aportaciones por encima de este primer tramo serán deducibles al 30% y hasta un 35% en caso de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años por un importe igual o superior.

En 2015:

Las correspondientes deducciones son del 50%, 27,5% y 32,5%. La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable del impuesto.

Personas jurídicas:

A partir del 2016 inclusive:

Deducción del 35% y hasta un 40% en caso de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años por un importe igual o superior.

En 2015:

Las correspondientes deducciones son del 35% y 37,5%. La deducción tiene un límite del 10% de la base liquidable del impuesto.